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El Instituto Guatemalteco de Migración fortalece su marco normativo con nuevos reglamentos
Guatemala, 8 de octubre de 2025.
En cumplimiento de su mandato de garantizar una migración regular, segura y ordenada, el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), como parte de la Autoridad Migratoria Nacional, ha dado un paso importante hacia la modernización institucional mediante la emisión de nuevos reglamentos en materia de extranjería.
Estos instrumentos normativos, que entran en vigor a partir de hoy, dotan de claridad, coherencia legal y eficiencia los procesos relacionados con visas, residencias y el registro del estatus migratorio ordinario, fortaleciendo así la gestión administrativa del Instituto.
Los acuerdos aprobados son los siguientes:
• Acuerdo AMN 04-2025, que aprueba el Acuerdo IGM-015-2025, Reglamento de Visas Guatemaltecas.
• Acuerdo AMN 05-2025, que aprueba el Acuerdo IGM-016-2025, Reglamento de Residencias Guatemaltecas.
• Acuerdo AMN 06-2025, que aprueba el Acuerdo IGM-017-2025, Reglamento del Registro del Estatus Ordinario Migratorio del IGM.
El IGM señala que estos nuevos reglamentos responden a la necesidad de actualizar la normativa interna, adecuarla al contexto migratorio actual y garantizar que los procesos administrativos sean coherentes con los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Asimismo, se espera que las reformas contribuyan a:
• Unificar criterios en los procedimientos de visas, residencias y registro.
• Adaptar requisitos para la obtención de un estatus migratorio ordinario.
• Fortalecer la protección de personas refugiadas o asiladas políticas, conforme a compromisos internacionales.
• Reducir barreras administrativas que dificultan el acceso legal, especialmente para ciudadanos de países sin representación consular en Guatemala.
Principales modificaciones introducidas
Reglamento de Visas Guatemaltecas (IGM-015-2025)
• Se elimina la exigencia de presentar certificación de validez y vigencia del pasaporte.
• Se admite la presentación de antecedentes penales o policiales según la denominación del país de origen.
• Se suprime la exigencia del acta notarial de constitución de garante, permitiendo una constancia actualizada del mismo.
• Se elimina el requisito del boleto de transporte de ida y vuelta como condición para tramitar visa.
Estas medidas buscan simplificar los procedimientos y hacerlos más accesibles, sin menoscabo de los controles migratorios.
Reglamento de Residencias Guatemaltecas (IGM-016-2025)
• Se armonizan modificaciones similares a las del reglamento de visas, eliminando certificaciones y requisitos redundantes.
• Se establecen requisitos diferenciados para trabajadores migrantes según el tipo de empleador.
• Se refuerza la protección legal de personas bajo estatus de refugio o asilo, conforme a los estándares internacionales.
Reglamento del Registro del Estatus Ordinario Migratorio (IGM-017-2025)
• Se suprime el requisito del boleto de ornato como parte de la inscripción del residente.
• Se estable mecanismos administrativos para el eficiente control de los expedientes de garantes individuales y jurídicos, lo cual fortalece la gestión institucional y promueve la continua mejora de servicios que presta la Subdirección de Extranjería.
Con la implementación de estos nuevos reglamentos, el Instituto Guatemalteco de Migración reafirma su compromiso institucional de fortalecer una migración regular, ordenada y segura, alineada con los principios de transparencia y eficiencia administrativa.
La Subdirección de Extranjería desempeña un rol fundamental en este proceso de transición, tanto en la capacitación interna del personal como en la socialización de los cambios normativos con el público y las entidades vinculadas, asegurando una correcta aplicación de la nueva normativa migratoria.
