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Residencias Permanentes
Residencia Permanente para RENTISTAS O PENSIONADOS
¿Qué es?
Para extranjeros que reciben ingresos estables y permanentes desde el exterior (jubilación, rentas, etc.).
Requisitos Específicos
Documentos que acrediten un ingreso mensual y permanente de:
1,250USD para el solicitante principal.
300 USD adicionales por cada dependiente.
Costos Específicos
$400 USD (pago único por la residencia).
Puntos Clave
No se requiere garante. Se debe demostrar la continuidad de los ingresos cada 5 años.
Residencia Permanente por VÍNCULO MATRIMONIAL O UNIÓN DE HECHO
¿Qué es?
Para extranjeros con al menos un año de matrimonio o unión de hecho declarada con una persona guatemalteca.
Requisitos Específicos
– Certificación de matrimonio o unión de hecho (con al menos un año de inscripción) emitida por RENAP.
– Certificación de nacimiento del cónyuge guatemalteco emitida por RENAP.
Costos Específicos
$700 USD (pago único por la residencia).
Puntos Clave
No se requiere garante guatemalteco.
Residencia Permanente por VÍNCULO FAMILIAR CON GUATEMALTECO
¿Qué es?
Para extranjeros que son familiares, dentro de los grados de ley (padres, hijos, hermanos), de una persona guatemalteca.
Requisitos Específicos
- Certificaciones de nacimiento que acrediten el parentesco con el familiar guatemalteco, emitidas por RENAP.
Costos Específicos
$700 USD (pago único por la residencia).
Puntos Clave
No se requiere garante guatemalteco. El parentesco debe ser acreditable documentalmente.
Residencia Permanente para NACIDOS EN PAÍSES DE CENTROAMÉRICA
¿Qué es?
Para personas nacidas en otros países de Centroamérica que acrediten haber sido residentes temporales en Guatemala por un período mínimo de un año.
Requisitos Específicos
- Certificación de nacimiento que acredite el origen centroamericano (debe estar Apostillada).
Certificación de la resolución de residencia temporal que demuestre una vigencia mínima de un año.
Costos Específicos
$500 USD (pago único por la residencia).
Puntos Clave
Este es un beneficio para ciudadanos de origen de los países centroamericanos. Requiere haber tenido una residencia temporal previa.
Residencia Permanente por haber sido Residente Temporal por 5 años
¿Qué es?
Para extranjeros que han mantenido un estatus de residente temporal de forma continua por cinco años o más.
Requisitos Específicos
- Certificación que demuestre los cinco años como residente temporal en Guatemala.
- Acta notarial de declaración jurada de la actividad a la que se dedica.
- Constancia de garante actualizada (se exceptúan religiosos).
Costos Específicos
$700 USD (pago único por la residencia).
$500 USD (Centro Americanos, pago único por la residencia)
Puntos Clave
El plazo requerido es de cinco años según la nueva normativa (Art. 27).
Fundamento Legal y Normativo
Toda la información contenida en esta guía se basa en la legislación migratoria vigente de Guatemala.
Los principales documentos que regulan estos procedimientos son:
- Reglamento de Residencias Guatemaltecas:
- Acuerdo de Dirección General No. IGM-016-2025.
- Reglamento de Registro del Estatus Ordinario Migratorio:
- Acuerdo de Dirección General No. IGM-017-2025.
Tarifario Oficial de Servicios Migratorios:
- Aprobado por Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. 005-2023 (Acuerdo IGM-029-2023) y sus reformas correspondientes.
Se recomienda a todos los usuarios consultar las fuentes oficiales para verificar cualquier actualización o cambio en la normativa.
NOTAS IMPORTANTES PARA LOS USUARIOS
FORMAS DE PAGO
Todos los pagos deben realizarse en Quetzales (Q) al tipo de cambio del día, únicamente en las agencias bancarias autorizadas dentro de las instalaciones del Instituto Guatemalteco de Migración.
No realice pagos en efectivo a personal de la institución ni a intermediarios.
SEGURIDAD
No comparta su información personal con personas ajenas a la institución ni responda a comunicaciones de números telefónicos o correos electrónicos no oficiales.
El IGM no solicita pagos a través de depósitos a cuentas personales.
REVISIÓN FINAL
Antes de retirarse de nuestras oficinas, verifique cuidadosamente que todos sus datos personales estén correctos en los documentos que se le entreguen. Una vez retirado, cualquier rectificación podría requerir un nuevo trámite y pago.
Fase 1: Preparación y Presentación del Expediente
¿Qué obtendrá en este momento?
Se le entregará una Hoja de Ingreso con su número de expediente. Revise que todos sus datos sean correctos y fírmela.
Tiempos Estimados
Tiempo de espera: De 1 a 30 minutos.
Tiempo de atención en ventanilla: De 30 minutos a 1 hora, aproximadamente.
Verificación:
Antes de retirarse de nuestras oficinas, verifique cuidadosamente que todos sus datos personales estén correctos en los documentos que se le entreguen. Una vez retirado, cualquier rectificación podría requerir un nuevo trámite y pago.
Fase 2: Seguimiento del Expediente y Notificaciones
Resultado del Ingreso
Recibirá un correo electrónico con una llave de acceso y su número de expediente. Con estos datos podrá dar seguimiento al estado de su trámite en el portal web del IGM.
Notificaciones por SMS Notificaciones por SMS
Recibirá mensajes de texto para informarle sobre el avance de su solicitud:
Si hay un PREVIO: Si su expediente necesita alguna corrección o documento adicional, se le notificará para que se presente al IGM.
Deberá cancelar $5 USD para ser notificado oficialmente del requerimiento. El tiempo para solucionarlo es de 30 días calendario para subsanar los documentos requeridos, de lo contrario su solicitud podría ser archivada por falta de interés.
Para la ENTREVISTA: Si el expediente cumple con todos los requisitos, se le notificará por SMS para que se presente a la entrevista correspondiente
Fase 3: Aprobación y Registro Final
¿Qué obtendrá en este momento?
Con esto, su estatus de residente queda oficialmente registrado en el IGM. Si lo desea, puede solicitar una Certificación de Registro de Residencia por un costo de $15 USD.
DATO IMPORTANTE Y PASO FINAL OBLIGATORIO
RECUERDE QUE AL FINALIZAR EL TRÁMITE DE RESIDENCIA Y OBTENER SU REGISTRO EN EL IGM, EL SIGUIENTE Y ÚLTIMO PASO ES ACUDIR AL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAP) PARA SOLICITAR SU DOCUMENTO PERSONAL DE IDENTIFICACIÓN (DPI) COMO EXTRANJERO DOMICILIADO.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Presentación del Expediente: Debe presentarse en un fólder tamaño oficio del color indicado en el formulario de solicitud según su residencia a solicitar, sin tachones ni alteraciones.
Requisitos: Es indispensable cumplir con TODOS los requisitos establecidos, sin excepción.
Verificación: Toda la información presentada está sujeta a verificación por parte del Instituto Guatemalteco de Migración.
Contáctanos
El Instituto Guatemalteco de Migración pone a disposición sus medios de comunicación oficiales para resolver cualquier consulta
Teléfono: 2411-2411 / 5515-5327
Atención: Las comunicaciones oficiales (llamadas y mensajes de texto) sobre su trámite se realizarán únicamente desde estos números.
Dirección
Subdirección de Extranjería, Instituto Guatemalteco de Migración 6a. Avenida 3-11, Zona 4, Ciudad de Guatemala.
Horario de atención
Lunes a viernes, de 7:00 AM a 3:00 PM.
Redes sociales
@migracionguate